Prevención de Riesgos de Legitimación de Capitales

Fusión Valores es garante del cumplimiento de la Providencia Nro. 209 de la Superintendencia Nacional de Valores, con el objeto de establecer el marco normativo que unifica las políticas, mecanismos, instrumentos, medidas y procedimientos que deben implementar todos los sujetos regulados que participen en el Mercado de Valores venezolano, en materia de legitimación de capitales, financiamiento al terrorismo y proliferación de armas de destrucción masiva (LC/FT/FPADM).

 

Somos parte de los actores del mercado que buscan promover las buenas prácticas que deben adoptar las personas naturales y jurídicas para  detectar los riesgos operacionales, legales, financieros y reputacionales a los que estamos sujetos en nuestras actividades económicas, creando mecanismos internos de prevención y  control.

 

Todos los Accionistas, Directores y Empleados de Fusión Valores, están debidamente alineados a las buenas prácticas y a los mecanismos de prevención y control de LC/FT/FPADM.

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Marco Legal

 

  • Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
  • Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley del Mercado de Valores
  • Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo (LOCDOFT)
  • Ley Orgánica de Drogas (LOD)
  • Prov. 209: Normas relativas a la administración y fiscalización de los riesgos relacionados con los delitos de LC/FT/FPADM y otros ilícitos, publicada en la GO N° 42.115 de fecha 28/04/2021
  • Normas relativas al Buen Gobierno Corporativo del Mercado de Valores, publicada en GO N° 42.171 de fecha 19/07/2021
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